Decreto Portugues nº 52/2013 de la regulación de los Fitosanitarios

Publicado el 8 febrero, 2014 en Artículos

De las 100.000 toneladas de fitosanitarios que se comercializan en España anualmente, solo el 0,5 % es aplicado por medios aéreos.

Por que? las autoridades prohíben y ponen tantos impedimentos para  500 toneladas que aplican los Pilotos Agroforestales, si los pilotos están súper preparados y usan las mejores maquinaria para realizar las aplicaciones con eficacia y precisión. Para que un piloto salga al aire para realizar una aplicación tiene que solicitar el agricultor a la autoridad permiso para realizar dicha aplicación, y la autoridad tiene un plazo de 180 días para contestar. Y la mayorías de los casos no autorizan la aplicación aérea o llega tarde y el agricultor suspende la aplicación. Y para colmo la autoridad denuncia a los pilotos por cualquier tontería.

Y para las 99.500 toneladas de fitosanitarios restantes no piden nada más que un carnet de aplicador que lo dan  en el sindicato más cercano o en el ayuntamiento de cualquier pueblo, no tienen que pedir ningún permiso y pueden aplicar todos los productos autorizados en el mercado nacional.

Otro dato, en Andalucía hay 150.000 carnet de aplicador de fitosanitarios, 100 aproximadamente son pilotos, pues los pilotos  tienen prohibido por ley trabajar si no hay una autorización previa, para el resto no hay ninguna prohibición, y pueden trabajar cuando quieran.

Esto es una sinrazón que nadie entiende.

Si hay que controlar el uso de los fitosanitarios los lo lógico sería que todo el mundo (aplicadores) tengan los mismos derechos y obligaciones.

Desde el PAFE estamos localizando las normativas de otros países de EU para comprobar, porque tenemos la rara sensación que nuestras autoridades son más papistas que el mismo papa.

Para ver la normativa de Portugal picar aquí:  Lei 26-2013_Utilização_Aplicação Fitofarmacos

slide_01

página creada por naujgomez.com