Empezamos el año informando a todos los Pilotos Aplicadores Aereos de Fitosanitario y empresarios del sector, de las posibles novedades que se pueden dar en la próxima campaña de aplicaciones aéreas:
En la Directiva Europea 2009/128CE en el punto f) dice: A partir de 2013, las aeronaves estarán equipadas con accesorios de la mejor tecnología disponible para reducir la deriva de la pulverización.
Ver en: Capítulo IV Directiva 2009/128CE
En el Real Decreto 1311/2012 en el punto 4. Del anexo VI dice: Los equipos de aplicación tendrán que estar en cada momento en perfectas condiciones de funcionamiento y mantenimiento y correctamente calibrados, para garantizar unas dosificaciones exactas. Estos equipos deberán haber pasado la inspección técnica establecida en la normativa correspondiente.
Ver en: Capítulo VI y Anexo VI del Real Decreto 1311/2012
En cuanto al punto f) de la Directiva europea las autoridades competentes no han dicho nada pero es de suponer que pronto tomaran cartas en el asunto, y con respecto al punto 4 del Real Decreto La Junta de Andalucía ya han presentado el protocolo de inspección de los equipos aerotransportados y en algunas comunidades ya hay ITEAF, por lo tanto es de suponer que aunque no es obligatorio hacer la inspección del equipo de aplicación hasta el 2016, alguna comunidad que ya tienen ITEAF puedan exigir dicha inspección.
Por lo tanto es importante estar preparado.